Implementación de la norma GLOBALG.A.P. para la Cadena de Custodia para mejorar la integridad de la cadena de suministro

Implementación de la norma GLOBALG.A.P. para la Cadena de Custodia

Dado que los temas de fraude e integridad de los alimentos suponen un reto cada vez mayor para el sector, el comité asesor de GLOBALG.A.P. optó por reforzar el sistema GLOBALG.A.P. y exigir la implementación estricta de la norma GLOBALG.A.P. para la Cadena de Custodia desde 2023.

Se acerca el plazo

A partir del 1 de enero de 2023, todas las partes que manipulen productos sueltos y sin empacar procedentes de procesos de producción con certificación GLOBALG.A.P., así como todas las partes que empaquen y etiqueten productos con un número de identificación GLOBALG.A.P. (p. ej., GGN, Número CoC, etc.) o que declaren por escrito que un producto procede de un proceso de producción con certificación GLOBALG.A.P., deben tener certificación CoC válida.

Después de esta fecha, GLOBALG.A.P. se reservará el derecho de no llevar a cabo una investigación completa sobre los problemas de trazabilidad o los casos de exceso del nivel máximo de residuos en conexión con productos con una declaración GLOBALG.A.P. si la cadena de suministro en cuestión no cuenta con una certificación de CoC completa en cada etapa.

Impacto

  • Esta medida afecta principalmente a las empresas que no tienen producción agrícola/acuícola, pero que comercializan, empacan y venden productos procedentes de procesos de producción con certificación GLOBALG.A.P. Como anteriormente, los productores que solo venden productos incluidos en su certificado de Aseguramiento Integrado de Fincas (IFA) no tienen que implementar la norma CoC.
  • En ciertos casos en que pueda ser difícil implementar la norma CoC para esa fecha, se aplicarán excepciones temporales hasta diciembre de 2023. En la siguiente sección podrá ver información sobre este período de transición.
  • La certificación CoC tiene la ventaja de aumentar la transparencia en toda la cadena de suministro, reduciendo el riesgo de fraude alimentario y permitiendo que las marcas y los minoristas actúen con rapidez en el caso de que surjan problemas.


Transición y plazos para la implementación 2022-2023

Según el reglamento general CoC, solo se puede lograr la certificación CoC si todos los proveedores tienen procesos de producción certificados. Somos conscientes que puede representar un desafío conseguir la certificación para toda la cadena de suministro en conjunto o en una secuencia completa por todas las etapas, por lo que GLOBALG.A.P. ha decidido ofrecer un plazo de implementación temporal que permite algunas excepciones hasta el 31 de diciembre de 2023.

Dentro de este plazo, una empresa de la etapa posterior de la cadena de suministro podrá conseguir la certificación CoC aunque parte de la cadena aún no esté certificada.

Esto es posible si los proveedores no certificados son:

  • Comerciantes/intermediarios:
    • (i) Sin posesión física de los productos o
    • (ii) Con posesión física únicamente de los productos empacados y etiquetados
  • Empresas que almacenan, empacan y/o etiquetan productos que proceden de procesos de producción que ya están certificados bajo un esquema reconocido por GFSI que cubre la etapa posterior a la finca o por la norma QS para la venta al por mayor de frutas, hortalizas y papas/patatas (QS-System Bündler)

Junto con la solicitud de certificación CoC inicial, la empresa debe facilitar al organismo de certificación (OC) la siguiente documentación.

A. Requisitos para la empresa que solicita la exención durante la certificación CoC inicial (empresa A).

Los siguientes documentos deben presentarse al OC para su evaluación durante la auditoría inicial:

  1. Evidencia del envío de una carta/correo electrónico a todos los proveedores pidiéndoles que procuren lograr la certificación CoC antes de la fecha de la auditoría de recertificación de la empresa A, o dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de la carta/correo electrónico (la que venza antes). Debería haber evidencia del compromiso del proveedor o los proveedores de lograr la certificación CoC y de la aceptación de una auditoría realizada por el OC de la empresa A o de GLOBALG.A.P. en caso de investigación de una declaración.
  2. La empresa A debe tener una lista de proveedores con información sobre el estado de la certificación IFA/CoC de cada proveedor.
  3. La empresa A debe tener información documentada sobre la trazabilidad de los productos a través de la parte de la cadena de producción no certificada.
  4. Evidencia de que la empresa involucrada en almacenar, empacar y/o etiquetar productos certificados tiene certificación válida de un esquema reconocido por GFSI (posterior a la finca) o por la norma QS para la venta al por mayor de frutas, hortalizas y papas/patatas (QS-System Bündler).
B. Requisitos para proveedores sin certificación:
  1. Registro con un OC aprobado según el reglamento general CoC, parte I, sección 4.2 (El OC registra a la empresa en los sistemas TI GLOBALG.A.P. y le asigna un Número CoC [estado “aceptado” en los sistemas TI GLOBALG.A.P..]).
  2. Compromiso firmado con el cliente CoC y con el OC para que se realice la auditoría de certificación antes de la fecha indicada en la sección A.1.

Una vez que se disponga de esta documentación, el OC puede otorgar la certificación a la empresa aunque no todos los proveedores cuenten con certificación CoC. Esta exención solo se aplica para las auditorías iniciales realizadas antes del 31 de diciembre de 2023.

Reducir la duplicación con la colaboración de la industria

Desde 2015, GLOBALG.A.P. ha estado colaborando con IFS (International Featured Standards) y BRCGS (Brand Reputation through Compliance Global Standard) para ofrecer las opciones de certificación “CoC a través de IFS” y “CoC a través de BRCGS” para reducir la duplicación de los requisitos. Estas opciones se mantendrán válidas en el futuro.

Vínculos rápidos

Guía de implementación de la norma CoC
Un diagrama de flujo para ayudarle a determinar si le afectan las nuevas reglas 

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